LEYES TEMPORALES Y ESPIRITUALES (Leyes, Buena Voluntad
y Justicia, 2ª parte)
En los
escritos de Alice Bailey se analiza a fondo leyes de diversos
tipos, y dos interesantes definiciones que arrojan luz sobre la
vida, tanto temporal como espiritual. Las definiciones son: “Una
ley es la expresión o manifestación de la fuerza
aplicada por el poder del pensamiento de un pensador o de un grupo
de pensadores”(1); y “... una
ley es en realidad el efecto producido por la vida de una entidad
mayor, cuando abarca a una menor dentro de sus procesos vivientes.
Incluye ese propósito formulado, o voluntad organizada
de una vida envolvente...”(2). Aunque
estas definiciones son claramente espirituales en su implicación,
también pueden aplicarse a las leyes temporales.
Si pensamos en la segunda definición,
podríamos reflexionar que, por analogía, una sociedad
puede verse como una vida mayor que engloba a sus ciudadanos,
siendo cada uno de ellos una célula dentro de esa forma
mayor. ¿No son las leyes de la sociedad, entonces, el efecto
del propósito formulado de una nación? De hecho,
la constitución de una nación, escrita o no, es
el origen de la legislación nacional, y puede considerarse
como al menos una formulación parcial del propósito
nacional. Personifica hasta cierto grado lo que significa ser
un buen ciudadano de esa nación, y puede incluir referencias
directas a los derechos y responsabilidades del ciudadano.
Sin embargo, ninguna constitución puede
realmente capturar todas las implicaciones de lo que significa
ser un “buen ciudadano”, por la sencilla razón
de que existen dimensiones sutiles y subjetivas de la ciudadanía
que difieren de nación a nación. Sintonizar con
estos elementos de la psique nacional y conformarse con estas
costumbres no es algo que quien no sea nativo pueda hacer rápida
o fácilmente. El no-nativo que se ha trasladado a otro
país está todavía resonando con las costumbres
de su tierra natal; y además, debido a que estos elementos
de pensamiento y comportamiento son tan subjetivos, no pueden
reducirse a normas establecidas. Esta es probablemente la razón
de que exista semejante grado de inquietud en los países
que se enfrentan a una creciente inmigración, dado que
no pueden “inyectar” a los que llegan con valores
que están tan profundamente arraigados en su propio carácter
nacional que ellos mismos apenas pueden definirlos.
Si los requerimientos para ser buen ciudadano
de una nación no son fáciles, piense cuánto
más difícil será convertirse en un verdadero
“ciudadano mundial”. Es fácil pensar que todo
cuanto esto requiere es una simpatía general con la condición
humana a medida que se enfrenta a los diversos desafíos
de la vida en la Tierra. Pero, a no ser que las diferencias en
las psiques nacionales se tengan en cuenta, esto producirá,
indudablemente, una percepción bastante distorsionada de
cómo estos desafíos son comprendidos y confrontados
en sociedades muy distintas a la nuestra. En las espirales dinámicas
de Don Beck puede verse un intento de calcular el nivel aproximado
del desarrollo de la consciencia en grupos y naciones (3);
y en el trabajo de Ken Wilber (4), un ejemplo
reciente, se han realizado varios acercamientos a comprender e
integrar las percepciones de los hemisferios oriental y occidental.
Sin embargo, este tipo de trabajo está todavía en
su infancia, y probablemente todavía estemos lejos de la
osada afirmación del escritor romano Terentius: “Hombre
soy; nada humano me es ajeno”.
El hecho de que la “ciudadanía
mundial”, como estado mental, sea aún una aspiración
más que un logro, presenta una dificultad más práctica.
Si la ciudadanía se basa en el seguimiento de leyes de
aceptación universal, entonces, ¿cómo van
a diseñarse leyes que sean plenamente internacionales en
su alcance? Incluso a pesar de que la legislación internacional
se ocupa más de las relaciones entre países que
entre individuos, quienes trabajan con ella y están obligados
por ella siguen siendo miembros individuales de sus respectivas
naciones, y por lo tanto, le aportarán su perspectiva personal,
necesariamente parcial. De hecho, el sistema de legislación
internacional, surgiendo en su mayor parte de Naciones Unidas,
está atravesando ahora por un período difícil.
La razón de ello es, en parte, que el sistema legal internacional
se basa en que los estados otorguen su consentimiento a sus reglas
y se ciñan a ellas –no existe una autoridad central,
como en el caso nacional, que fuerce su cumplimiento. De manera
que en una época como esta, en la que cierto número
de estados han retirado su consentimiento a varias obligaciones
legales internacionales que habían aceptado previamente,
se ha llegado a sugerir que la legislación internacional
está atravesando una crisis. Quizá esto es sólo
natural, puesto que hasta que no emerja una verdadera consciencia
de ciudadanía mundial, es inevitable que haya casos en
los que los intereses de una o más naciones se perciban
como contrarios al bien global, y entonces estos intereses nacionales
se vuelven prioritarios. Y, para complicar aún más
las cosas, en determinadas circunstancias puede haber un margen
para no ponerse de acuerdo sobre qué es realmente el “bien
global”.
Sin embargo, la existencia en sí de
leyes internacionales ya presupone que se puede identificar un
bien global y trabajar por él. Y aplicando la segunda definición
de ley, ¿no equivale la creación de leyes internacionales
a declarar que existe un propósito global? Así,
no debería sorprendernos que una parte tan grande de la
legislación internacional haya surgido del trabajo de la
ONU, que es el único centro dedicado a la agenda completa
de la mejora humana que es, verdaderamente, de alcance global.
La noción de un propósito planetario emergente,
por embrionaria que sea, es indudablemente más fuerte en
sus salas que en ningún otro sitio. Está ayudando
a cumplir el fiat de la voluntad-al-bien que se hace en la Gran
Invocación: “Que el propósito guíe
a las pequeñas voluntades de los hombres”.
La idea de que exista un propósito planetario
podría parecer extraña a la imaginación secular,
pero desde una perspectiva espiritual se entiende perfectamente.
Cuando el universo entero se reconoce como una creación
con un propósito, entonces el papel de la Tierra dentro
de esta creación, aún manteniéndose como
un misterio sólo parcialmente revelado, es claramente parte
de este propósito mayor. Esto abre el prospecto vertiginoso
de unas leyes cósmicas con un alcance en permanente expansión.
Algunas reflexiones sobre la naturaleza de unas pocas de estas
leyes pueden encontrarse en el Tratado sobre Fuego Cósmico
de Alice Bailey. Y en Psicología Esotérica, Vol.
II, se da una descripción de algunas leyes que, aunque
con un alcance menos grandioso, son de una relevancia más
inmediata para el individuo que está intentando vivir una
vida espiritual en el mundo moderno. Estas son las Siete Leyes
del Alma o de la Vida Grupal, es decir las Leyes de: Servicio;
Impulso Magnético; Sacrificio; Repulsión; Progreso
Grupal; Respuesta Expansiva; y el Cuaternario Inferior.
¿Por qué está la vida
grupal vinculada al alma? La explicación más sencilla
es que ello se debe a que el alma es esencialmente un fenómeno
grupal, que tiene consciencia grupal. La palabra “alma”
en sí no es fácilmente definible, porque existe
en un nivel de consciencia mucho más sutil que el pensamiento
y sentimiento ordinarios, y es raramente contactada, excepto mediante
un esfuerzo arduo y persistente. El alma es el origen de los valores
más elevados y mejores de la vida humana, valores que,
a diferencia de las distintas cualidades de las psiques nacionales,
son comunes a toda la humanidad, y han sido testimoniados por
los místicos y los santos de todas las grandes creencias
tradicionales. La compasión y la sabiduría son las
cualidades sobresalientes del alma, y las siete leyes indican
la forma de desarrollarlas.
Estas siete leyes no son algo que se imponga
o que haya que cumplir, sino algo que se vive: y viviendo de esta
manera, el individuo fortalece las leyes y hace que la energía
del alma descienda más a la vida cotidiana. Esto conecta
con la primera definición de ley, porque cuanta más
gente piense activamente en estas leyes hasta llevarlas a la práctica,
más potentes se vuelven las leyes, permitiendo así
a otros que las reconozcan. Así eventualmente podemos esperar
ver la manifestación del Reino de las Almas, que simplemente
significa que la humanidad habrá aprendido a regir todos
sus actos por estas leyes, dando como resultado una cultura mundial
de buena voluntad y de correctas relaciones humanas. La expresión
externa será una sensación activa de ciudadanía
mundial, en la que se celebrará la diversidad como una
respuesta creativa a las diversas condiciones vitales. Así
la unidad subjetiva y la diversidad objetiva emergerán
como dos formas de entender la gran Realidad una de la vida humana
en el cosmos, con su propósito mayor volviéndose
mucho más claro.
- Alice Bailey, Discipulado en la
Nueva Era Vol. I, p. 54. Editorial Sirio.
- Alice Bailey, La Sanación
Esotérica, p. 382. Editorial Fundación Lucis.
- Ver por ejemplo: Don Edward Beck y Christopher
C. Cowan, Spiral Dynamics: Mastering Values, Leadership,
and Change. Blackwell, Malden and Oxford, 1996; y en la
web: www.spiraldynamics.net
- Ver por
ejemplo: Ken Wilber, The Eye of Spirit: An Integral Vision
for a World Gone Slightly Mad, pp.71-9. Shambhala, Boston,
1997; y en la web en: wilber.shambhala.com.
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