Boletín de Buena Voluntad Mundial. Nº 3 - 2004
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BOLETIN N° 3 - 2004

En este número:

LEYES TEMPORALES Y ESPIRITUALES (Leyes, Buena Voluntad y Justicia, 2ª parte)
JUSTICIA Y PIEDAD
LEY Y LIBERTAD EN EL MUNDO MODERNO

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LEYES TEMPORALES Y ESPIRITUALES (Leyes, Buena Voluntad y Justicia, 2ª parte)

En los escritos de Alice Bailey se analiza a fondo leyes de diversos tipos, y dos interesantes definiciones que arrojan luz sobre la vida, tanto temporal como espiritual. Las definiciones son: “Una ley es la expresión o manifestación de la fuerza aplicada por el poder del pensamiento de un pensador o de un grupo de pensadores”(1); y “... una ley es en realidad el efecto producido por la vida de una entidad mayor, cuando abarca a una menor dentro de sus procesos vivientes. Incluye ese propósito formulado, o voluntad organizada de una vida envolvente...”(2). Aunque estas definiciones son claramente espirituales en su implicación, también pueden aplicarse a las leyes temporales.

Si pensamos en la segunda definición, podríamos reflexionar que, por analogía, una sociedad puede verse como una vida mayor que engloba a sus ciudadanos, siendo cada uno de ellos una célula dentro de esa forma mayor. ¿No son las leyes de la sociedad, entonces, el efecto del propósito formulado de una nación? De hecho, la constitución de una nación, escrita o no, es el origen de la legislación nacional, y puede considerarse como al menos una formulación parcial del propósito nacional. Personifica hasta cierto grado lo que significa ser un buen ciudadano de esa nación, y puede incluir referencias directas a los derechos y responsabilidades del ciudadano.

Sin embargo, ninguna constitución puede realmente capturar todas las implicaciones de lo que significa ser un “buen ciudadano”, por la sencilla razón de que existen dimensiones sutiles y subjetivas de la ciudadanía que difieren de nación a nación. Sintonizar con estos elementos de la psique nacional y conformarse con estas costumbres no es algo que quien no sea nativo pueda hacer rápida o fácilmente. El no-nativo que se ha trasladado a otro país está todavía resonando con las costumbres de su tierra natal; y además, debido a que estos elementos de pensamiento y comportamiento son tan subjetivos, no pueden reducirse a normas establecidas. Esta es probablemente la razón de que exista semejante grado de inquietud en los países que se enfrentan a una creciente inmigración, dado que no pueden “inyectar” a los que llegan con valores que están tan profundamente arraigados en su propio carácter nacional que ellos mismos apenas pueden definirlos.

Si los requerimientos para ser buen ciudadano de una nación no son fáciles, piense cuánto más difícil será convertirse en un verdadero “ciudadano mundial”. Es fácil pensar que todo cuanto esto requiere es una simpatía general con la condición humana a medida que se enfrenta a los diversos desafíos de la vida en la Tierra. Pero, a no ser que las diferencias en las psiques nacionales se tengan en cuenta, esto producirá, indudablemente, una percepción bastante distorsionada de cómo estos desafíos son comprendidos y confrontados en sociedades muy distintas a la nuestra. En las espirales dinámicas de Don Beck puede verse un intento de calcular el nivel aproximado del desarrollo de la consciencia en grupos y naciones (3); y en el trabajo de Ken Wilber (4), un ejemplo reciente, se han realizado varios acercamientos a comprender e integrar las percepciones de los hemisferios oriental y occidental. Sin embargo, este tipo de trabajo está todavía en su infancia, y probablemente todavía estemos lejos de la osada afirmación del escritor romano Terentius: “Hombre soy; nada humano me es ajeno”.

El hecho de que la “ciudadanía mundial”, como estado mental, sea aún una aspiración más que un logro, presenta una dificultad más práctica. Si la ciudadanía se basa en el seguimiento de leyes de aceptación universal, entonces, ¿cómo van a diseñarse leyes que sean plenamente internacionales en su alcance? Incluso a pesar de que la legislación internacional se ocupa más de las relaciones entre países que entre individuos, quienes trabajan con ella y están obligados por ella siguen siendo miembros individuales de sus respectivas naciones, y por lo tanto, le aportarán su perspectiva personal, necesariamente parcial. De hecho, el sistema de legislación internacional, surgiendo en su mayor parte de Naciones Unidas, está atravesando ahora por un período difícil. La razón de ello es, en parte, que el sistema legal internacional se basa en que los estados otorguen su consentimiento a sus reglas y se ciñan a ellas –no existe una autoridad central, como en el caso nacional, que fuerce su cumplimiento. De manera que en una época como esta, en la que cierto número de estados han retirado su consentimiento a varias obligaciones legales internacionales que habían aceptado previamente, se ha llegado a sugerir que la legislación internacional está atravesando una crisis. Quizá esto es sólo natural, puesto que hasta que no emerja una verdadera consciencia de ciudadanía mundial, es inevitable que haya casos en los que los intereses de una o más naciones se perciban como contrarios al bien global, y entonces estos intereses nacionales se vuelven prioritarios. Y, para complicar aún más las cosas, en determinadas circunstancias puede haber un margen para no ponerse de acuerdo sobre qué es realmente el “bien global”.

Sin embargo, la existencia en sí de leyes internacionales ya presupone que se puede identificar un bien global y trabajar por él. Y aplicando la segunda definición de ley, ¿no equivale la creación de leyes internacionales a declarar que existe un propósito global? Así, no debería sorprendernos que una parte tan grande de la legislación internacional haya surgido del trabajo de la ONU, que es el único centro dedicado a la agenda completa de la mejora humana que es, verdaderamente, de alcance global. La noción de un propósito planetario emergente, por embrionaria que sea, es indudablemente más fuerte en sus salas que en ningún otro sitio. Está ayudando a cumplir el fiat de la voluntad-al-bien que se hace en la Gran Invocación: “Que el propósito guíe a las pequeñas voluntades de los hombres”.

La idea de que exista un propósito planetario podría parecer extraña a la imaginación secular, pero desde una perspectiva espiritual se entiende perfectamente. Cuando el universo entero se reconoce como una creación con un propósito, entonces el papel de la Tierra dentro de esta creación, aún manteniéndose como un misterio sólo parcialmente revelado, es claramente parte de este propósito mayor. Esto abre el prospecto vertiginoso de unas leyes cósmicas con un alcance en permanente expansión. Algunas reflexiones sobre la naturaleza de unas pocas de estas leyes pueden encontrarse en el Tratado sobre Fuego Cósmico de Alice Bailey. Y en Psicología Esotérica, Vol. II, se da una descripción de algunas leyes que, aunque con un alcance menos grandioso, son de una relevancia más inmediata para el individuo que está intentando vivir una vida espiritual en el mundo moderno. Estas son las Siete Leyes del Alma o de la Vida Grupal, es decir las Leyes de: Servicio; Impulso Magnético; Sacrificio; Repulsión; Progreso Grupal; Respuesta Expansiva; y el Cuaternario Inferior.

¿Por qué está la vida grupal vinculada al alma? La explicación más sencilla es que ello se debe a que el alma es esencialmente un fenómeno grupal, que tiene consciencia grupal. La palabra “alma” en sí no es fácilmente definible, porque existe en un nivel de consciencia mucho más sutil que el pensamiento y sentimiento ordinarios, y es raramente contactada, excepto mediante un esfuerzo arduo y persistente. El alma es el origen de los valores más elevados y mejores de la vida humana, valores que, a diferencia de las distintas cualidades de las psiques nacionales, son comunes a toda la humanidad, y han sido testimoniados por los místicos y los santos de todas las grandes creencias tradicionales. La compasión y la sabiduría son las cualidades sobresalientes del alma, y las siete leyes indican la forma de desarrollarlas.

Estas siete leyes no son algo que se imponga o que haya que cumplir, sino algo que se vive: y viviendo de esta manera, el individuo fortalece las leyes y hace que la energía del alma descienda más a la vida cotidiana. Esto conecta con la primera definición de ley, porque cuanta más gente piense activamente en estas leyes hasta llevarlas a la práctica, más potentes se vuelven las leyes, permitiendo así a otros que las reconozcan. Así eventualmente podemos esperar ver la manifestación del Reino de las Almas, que simplemente significa que la humanidad habrá aprendido a regir todos sus actos por estas leyes, dando como resultado una cultura mundial de buena voluntad y de correctas relaciones humanas. La expresión externa será una sensación activa de ciudadanía mundial, en la que se celebrará la diversidad como una respuesta creativa a las diversas condiciones vitales. Así la unidad subjetiva y la diversidad objetiva emergerán como dos formas de entender la gran Realidad una de la vida humana en el cosmos, con su propósito mayor volviéndose mucho más claro.


  1. Alice Bailey, Discipulado en la Nueva Era Vol. I, p. 54. Editorial Sirio.
  2. Alice Bailey, La Sanación Esotérica, p. 382. Editorial Fundación Lucis.
  3. Ver por ejemplo: Don Edward Beck y Christopher C. Cowan, Spiral Dynamics: Mastering Values, Leadership, and Change. Blackwell, Malden and Oxford, 1996; y en la web: www.spiraldynamics.net
  4. Ver por ejemplo: Ken Wilber, The Eye of Spirit: An Integral Vision for a World Gone Slightly Mad, pp.71-9. Shambhala, Boston, 1997; y en la web en: wilber.shambhala.com.

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